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lunes, 4 de enero de 2010

TARIFA DE SANEAMIENTO

La Tarifa de Saneamiento se un precio que debe ser abonado por los usuarios de la red de saneamiento de la ciudad, la cual se calcula en forma directa de acuerdo con los vertimientos que se realizan a la misma.

Esta regulada por el Decreto de la Junta Departamental de Montevideo número 29.434, del 10 de mayo de 2001, artículo 89, incorporado al Digesto Municipal y que establece:

“Artículo 310.1 (Tarifa de Saneamiento).- Créase una tarifa por el servicio de saneamiento, que será abonada por los ocupantes de inmuebles a cualquier título en el Departamento de Montevideo que hagan uso de las redes de saneamiento.-....”

El sujeto pasivo de dicha tarifa, es el ocupante a cualquier título de inmuebles dentro del Departamento de Montevideo que haga uso de las redes de saneamiento, estableciéndose una presunción simple de que quienes ocupan inmuebles ubicados en el área de Montevideo, con servicio de saneamiento hacen uso de las respectivas redes, salvo que se demuestre lo contrario ante la Intendencia Municipal de Montevideo.

La tarifa se compone de un cargo fijo, más un cargo variable por concepto de operación, mantenimiento y desarrollo del sistema de saneamiento que se calcula según el consumo de agua y se abona bimensualmente.

Por último hay que tener presente las consecuencias de no estar al día en el pago de dichos tributos y es que algunos gravan con derecho real y otros con derecho personal.

Los tributos que gravan con derecho real son los siguientes:

• Pavimento (incluye acera)

• Colector

• Conexiones domiciliarias

• Contribución Inmobiliaria

Las deudas por las tasas municipales son personales y en caso de traspaso el vendedor como el comprador son responsables solidarios.